La legislación española permite formular cápsulas de mezclas de varias plantas (extractos estandarizados), donde podemos encontrar información al respecto?
En relación con la consulta planteada, efectuamos las siguientes consideraciones:
1. La oficina de farmacia, como establecimiento sanitario en el entorno de la atención farmacéutica, está habilitada para dispensar medicamentos y productos farmacéuticos, y la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, de acuerdo con los procedimientos y controles de calidad establecidos. (art. 2 la Ley 31/1991, de 13 de diciembre de Ordenación farmacéutica de Cataluña). En relación y como es sabido, mientras que las fórmulas magistrales requieren para su dispensación de un prescripción facultativa, los preparados oficinales pueden ser preparados y dispensados por el farmacéutico en su oficina de farmacia bajo su criterio profesional, siempre que estén enumerados y descritos en el Formulario Nacional.
2. A su vez, el artículo 51 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (Ley del medicamento) dispone que “Las plantas y sus mezclas, así como los preparados obtenidos de plantas en forma de extractos, liofilizados, destilados, tinturas, cocimientos o cualquier otra preparación galénica que se presente con utilidad terapéutica, diagnóstica o preventiva seguirán el régimen de las fórmulas magistrales, preparados oficinales o medicamentos industriales, según proceda y con las especificidades que reglamentariamente se establezcan”.
3. Si bien de lo anterior se desprende que los preparados oficinales a base de plantas deberán establecerse reglamentariamente, actualmente no existe una concreta normativa al respecto, por lo que las posibilidades que ofrece la formulación y preparados oficinales en la oficina de farmacia con plantas son las que se presentan en el Formulario Nacional. Es decir, el farmacéutico podrá elaborar un preparado a base de plantas siempre que dicha preparación se halle contemplada en el Formulario Nacional.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o duda adicional en relación con lo expuesto.
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