PROYECTO ESVAC-ES: RECOGIDA DE DATOS DE ANTIBIÓTICOS VETERINARIOS VENDIDOS 2019.

Con motivo de la crisis actual provocada por COVID-19, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha ampliado el plazo para la declaración de datos de ventas de medicamentos veterinarios que contengan antibióticos en su composición hasta el día 1 de junio de 2020.

ESVAC (Vigilancia Europea del Consumo de Antimicrobianos Veterinarios) es un proyecto de ámbito europeo, de recogida y evaluación de datos sobre la venta y el consumo de medicamentos veterinarios que contengan en su composición antibióticos como principio activo. En España, el Proyecto ESVAC está incluido dentro del “Plan Nacional frente a Resistencias a los Antibióticos”.

El Proyecto, en vigor desde el año 2009, se organiza en tres actividades diferentes: (i) la recogida y la validación de los datos, (ii) el análisis y la evaluación de los datos, (iii) la comunicación de los resultados obtenidos a partir del análisis de los datos a través la publicación de un informe anual.

Por lo que respecta a los datos de comercialización referidos al año 2019, se obtendrán mediante la declaración de los laboratorios, entidades ganaderas con permiso de distribución, farmacias y distribuidores minoristas, de conformidad con las siguientes especificaciones. 

  1. Las Entidades ganaderas y distribuidores minoristas deberán declarar las ventas que se han realizado al consumidor final del medicamento y con receta veterinaria tanto de los antibióticos destinados a animales productores de alimentos (animales de abasto), como de los antibióticos destinados a animales no productores de alimentos (caballos, perros, gatos y otros animales de compañía). Si no han efectuado ninguna venta durante el 2019, estas entidades deberán registrarse en le aplicación enviar su declaración vacía.
  2. Los Laboratorios farmacéuticos declaran las ventas estimadas por especies.
  3. Las farmacias deberán declarar las ventas de antibióticos veterinarios que se han realizado al consumidor final del medicamento y con receta veterinaria, tanto de los antibióticos destinados a mascotas (perros, gatos y otros animales de compañía), como de los antibióticos destinados a animales de abasto. Si no han efectuado ninguna venta durante el 2019, las farmacias no tienen la obligación de registrarse en la aplicación ni enviar su declaración.

De conformidad con las instrucciones facilitadas por la AEMPS, las vendas declaradas deberán estratificarse por especie, siempre que sea posible, y no se declararán las compras y las ventas destinadas a redistribución.

Al respecto, cabe indicar que las entidades ganaderas con permiso de distribución, farmacias y distribuidores minoristas están obligados legalmente a proporcionar estos datos, mientras que los laboratorios los aportan de manera voluntaria.

Para efectuar la declaración, los referidos establecimientos y entidades deben acceder a la aplicación web a través de la siguiente URL https://sinaem.agemed.es/ESVAC/. Para acceder a  la aplicación se debe configurar un usuario y una contraseña.

Por último, se recuerda a las entidades ganaderas con permiso de distribución, farmacias y distribuidores minoristas que no se han dado de alta en años anteriores, que deben darse de alta en la aplicación este 2019. A tal efecto, la AEMPS pone a disposición de las entidades un manual de usuario específico que puede descargarse en la referida URL, que contiene instrucciones de acceso y funcionamiento de la aplicación.

 

 

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